REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR |
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CAPÍTULO I Artículo 1º: Todo alumno es sujeto de derechos y de deberes en razón de su particular dignidad como ser creado a imagen y semejanza de Dios. En consecuencia tiene derecho a: 1.- Ser reconocido y tratado como persona, con identidad propia, dotado de irrenunciable dignidad de hijo de Dios, sea hombre o mujer. 2.- Ser escuchado y respetado en un clima de diálogo constructivo. 3.- Profesar su fe católica y expresarla libremente, practicando los sacramentos y participando activamente en la pastoral del Colegio a excepción de quienes profesan otro credo. 4.- Crecer y desarrollarse en un ambiente sano y positivo. 5.- Solicitar ayuda a quienes corresponda en caso de necesidades. 6.- Recrearse y descansar en los tiempos y lugares destinados para ello. 7.- Actuar con libertad y respeto para expresar sus opiniones y emitir juicios responsablemente. 8.- Ser informado oportunamente de los resultados de las evaluaciones dentro del plazo estipulado por la Unidad Técnico Pedagógica y de las anotaciones y/o registros en el libro de clases o en la hoja de vida. 9.- Recibir los servicios educacionales que el Colegio ofrece, en conformidad con los planes y programas del Ministerio de Educación y con las actividades planificadas por el establecimiento. 10.-: Recibir la información oportuna de las actividades del Colegio que le competen directa o indirectamente.
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