REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
Capítulo I
Derechos del Alumno
Capítulo II
Deberes y obligaciones del Alumno
Capítulo III
Horarios de funcionamiento del Establecimiento
Capítulo IV
Uniforme oficial del Colegio y presentación personal
Capítulo V
De la higiene personal
Capítulo VI
De la asistencia y puntualidad
Capítulo VII
De las evaluaciones
Capítulo VIII
De los útiles escolares
Capítulo IX
Del cuidado y aseo de la sala de clases y del Colegio en general
Capítulo X
De lo que no debe portar el alumno durante las actividades escolares
Capítulo XI
De lo relacionado con sustencias adictivas
Capítulo XII
De las acitvidades fuera del Colegio
Capítulo XIII
De las actividades acordes con el aprendizaje
Capítulo XIV
De los libros de clases,anotaciones y comunicaciones
Capítulo XV
Del respeto a los demás
Capítulo XVI
De la dignidad, de la sexualidad humana
Capítulo XVII
De las normas de interacción
Capítulo XVIII
De la convivencia
Capítulo XIX
De los padres y apoderados
Capítulo XX
Del procedimiento a seguir en Inspectoría
Capítulo XXI
De las sanciones disciplinarias
Capítulo XXII
De las circunstancias atenuantes y agravantes
Capítulo XXIII
De las difusión, aprobación y modificación del reglamento

CAPÍTULO III
HORARIOS DE FUNCIONAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO

 

Artículo 3º: La jornada escolar será la siguiente de Lunes a Jueves:
Prebásica a Cuarto año Básico::              08:00 a 15.15  horas.
Quinto año Básico a Cuarto año Medio:     08.00 a  16.00 horas.

Día Viernes:
Prebásica:                                        08:00 a 13.00  horas.
Primero Básico a Cuarto año Medio:       08.00 a  13.45 horas.                                            

Artículo 4º.- Clases y recreos: Los períodos de clases serán de dos horas pedagógicas y luego un recreo de 20 minutos y otro de 10 minutos.

Artículo 5º.- Colación:  Prebásica:                            12.00 a 12.45 horas
                                        Primero a Cuarto Básico:     13.00 a 13.45 horas
                                        Quinto Básico a Cuarto Medio:  13.45 a 14.30 horas.

Artículo 6º.- Atención de apoderados: Inspectoría atenderá todos los días para la justificación de inasistencias de  08:20 a 09:00 horas. Las citaciones particulares se fijarán oportunamente.

Artículo 7º.- Reuniones de Apoderados: Se efectúan mensualmente según calendario establecido por el Colegio desde las 19.30 hrs a 21.00 horas. Se permite el ingreso a los padres y Apoderados a reuniones hasta las 19.45 horas, no pudiendo hacerlo después de ese horario.

Artículo 8º: Otras actividades, como charlas, catequesis, entrega de certificados, licenciatura, etc., serán de carácter obligatorio y se comunicará oportunamente el día y hora en que se llevarán a cabo. 

Artículo 9º.- Cada Profesor Jefe tendrá un horario de atención de Apoderados, que será dado a conocer en su debido momento.