REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR |
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CAPÍTULO III
Artículo 3º: La jornada escolar será la siguiente de Lunes a Jueves: Día Viernes: Artículo 4º.- Clases y recreos: Los períodos de clases serán de dos horas pedagógicas y luego un recreo de 20 minutos y otro de 10 minutos. Artículo 5º.- Colación: Prebásica: 12.00 a 12.45 horas Artículo 6º.- Atención de apoderados: Inspectoría atenderá todos los días para la justificación de inasistencias de 08:20 a 09:00 horas. Las citaciones particulares se fijarán oportunamente. Artículo 7º.- Reuniones de Apoderados: Se efectúan mensualmente según calendario establecido por el Colegio desde las 19.30 hrs a 21.00 horas. Se permite el ingreso a los padres y Apoderados a reuniones hasta las 19.45 horas, no pudiendo hacerlo después de ese horario. Artículo 8º: Otras actividades, como charlas, catequesis, entrega de certificados, licenciatura, etc., serán de carácter obligatorio y se comunicará oportunamente el día y hora en que se llevarán a cabo. Artículo 9º.- Cada Profesor Jefe tendrá un horario de atención de Apoderados, que será dado a conocer en su debido momento.
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